Inicio Legalidad y regulación del poker La AEDAPI también se opone al anteproyecto de la Ley del Juego

La AEDAPI también se opone al anteproyecto de la Ley del Juego

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El Anteproyecto de la Ley del Juego parece que no ha calado bien en la sociedad. Si ayer os informábamos de que la Liga de Fútbol Profesional había presentado alegaciones, ahora es la Asociación Española de Apostadores por Internet (AEDAPI) la que presenta sus «quejas» ante una propuesta que no comparten.

Ségún informa la agencia EuropaPress, la AEDAPI pide que se modifique el borrador, al considerar que el régimen fiscal propuesto por el Gobierno es «muy elevado».

La Asociación Española de Apostadores por Internet (AEDAPI) ha presentado una serie de alegaciones al anteproyecto de Ley de Juego en las que pide que se modifique el régimen fiscal contemplado en el borrador propuesto por el Gobierno, al considerarlo «muy elevado», y en las que critica el «amplio poder discrecional» que la norma otorga a la futura Comisión Nacional del Juego.

El anteproyecto de Ley del Juego, que regulará el sector, establece como base imponible del nuevo impuesto del juego los ingresos brutos de las casas de apuestas, definidos como el importe total de las cantidades que se dediquen a la participación en el juego, así como cualquier otro ingreso que puedan obtener directamente derivado de su organización o celebración.

Las tasas que tendrán que pagar las empresas de juego en España variarán en función del tipo de apuestas. Concretamente, las que recibirán una mayor gravamen son las apuestas deportivas mutuas (aquellas en la que un porcentaje de la suma de las cantidades apostadas se distribuye entre los apostantes que hubieran acertado el resultado), que estarán gravadas con un 22 por ciento sobre los ingresos brutos.

Mientras, las apuestas deportivas de contrapartida (aquellas en la que el apostante apuesta contra un operador de juego, siendo el premio a obtener el resultante de multiplicar el importe de los pronósticos ganadores por el coeficiente que el operador haya validado previamente para los mismos) estarán gravadas con un 5 por ciento sobre la base imponible.

Las apuestas deportivas cruzadas (aquellas en que un operador actúa como intermediario y garante de las cantidades apostadas entre terceros, detrayendo las cantidades o porcentajes que previamente el operador hubiera fijado), las apuestas hípicas de contrapartida y el resto de apuestas de contrapartida y cruzadas también estarán gravadas con un 5 por ciento sobre la base imponible.

Por su parte, las apuestas hípicas mutuas, las combinaciones aleatorias y el resto de apuestas mutuas estarán gravadas con un 15 por ciento de sus ingresos brutos, mientras que las rifas y los concursos se gravarán con un 20 por ciento sobre los ingresos.

Además, el anteproyecto ofrece la posibilidad a las Comunidades Autónomas de elevar cada uno de estos impuestos hasta un máximo del 20 por ciento para los juegos que sean gestionados por operadores u organizadores con domicilio fiscal en su territorio.

MÁS ELEVADOS QUE EN ITALIA O FRANCIA

La AEDAPI señala en sus alegaciones que estos tipos impositivos son «muy elevados, siendo de hecho muy superiores a los aplicados por las Comunidades Autónomas que han regulado este ámbito en sus territorios», como Madrid, que ha establecido el tipo de gravamen aplicable en un 10 por ciento sobre los beneficios obtenidos o en jurisdicciones comunitarias como Italia o Francia.

Asimismo, la asociación critica que se haya establecido como base imponible los ingresos brutos de las casas de apuestas, definidos como el importe total de las cantidades que se dediquen a la participación en el juego, en lugar de los beneficios obtenidos después de restar los gastos correspondientes a los premios repartidos para todas las categorías de juego.

Las empresas de apuestas ‘online’ advierten de que, tal y como está redactado el anteproyecto, existe el riesgo de que los operadores terminen «repercutiendo los costes fiscales derivados de un sistema ineficiente a los usuarios finales» e incluso «podría hacer desaparecer modalidades de juego y apuestas con una notable aceptación por los usuarios como son el póquer ‘online’ y las apuestas deportivas cruzadas».

Por otro lado, la AEDAPI se queja de que la actual redacción del anteproyecto atribuye la potestad a la Comisión Nacional del Juego de «regular materias de gran importancia, lo que podría provocar inseguridad jurídica tanto a los futuros operadores como a las propias autoridades autonómicas en el ámbito del juego».

Asimismo, la asociación se queja de que el anteproyecto contempla «diversos privilegios» a favor de Loterías y Apuestas del Estado (LAE) y ONCE, como la reserva exclusiva de la operación a nivel nacional de juegos de lotería, un régimen jurídico específico para la ONCE o el permiso para que LAE pueda seguir prestando sus actividades de juego  sin necesidad de obtener el correspondiente título habilitante.

En general, la AEDAPI considera que el anteproyecto «supone un importante paso a fin de dotar de un marco regulatorio adecuado para las actividades de juego ‘online’ que se han consolidado en los últimos años como un sector con gran fuerza en España».
 

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